Principales ayudas del Gobierno para empresas y autónomos frente al coronavirus

18 Mayo 2020

¿Tu negocio se ha visto perjudicado por la crisis del coronavirus? Lo más probable es que la respuesta sea afirmativa, ya que son pocos los sectores a los que la pandemia no ha afectado. Para esas empresas y autónomos el Gobierno ha aprobado una serie de ayudas que puedes solicitar para hacer más llevadera esta situación.


Contenido de este artículo:

  1. Simplificación de los ERTE
  2. Líneas de avales
  3. Aplazamiento de las cuotas a la Seguridad Social
  4. Prestación por cese de actividad para autónomos
  5. Moratoria de alquileres e hipotecas

Las pymes y los autónomos son los colectivos que más están sufriendo las consecuencias económicas producidas por el confinamiento contra el COVID-19.

Por eso, buena parte de las medidas puestas en marcha están destinadas a ellos.

En este artículo encontrarás las principales ayudas a las que puedes acceder según tu situación y cómo solicitarlas.

Simplificación de los ERTE

El Gobierno ha facilitado los expedientes de regulación de empleo temporal (ERTE) para reducir al máximo los despidos.

Las cuotas sociales son abonadas por el Estado al 100% en empresas con menos de 50 empleados y al 75% en compañías con más trabajadores.

Por su parte, los trabajadores reciben una prestación por desempleo correspondiente al 70% de la base reguladora.

Las compañías deben presentar su solicitud de ERTE ante las autoridad laboral de su comunidad autónoma, que normalmente es la Consejería de Empleo.

Líneas de avales

Para garantizar la liquidez de los negocios, el Gobierno ha anunciado diferentes líneas de avales en préstamos para pymes.

Entre ellas se encuentran los préstamos gestionados por el Instituto de Crédito Oficial (ICO).

Pueden acogerse todas las pymes y autónomos que no tengan deudas pendientes con ninguna administración pública.

Los créditos se deben solicitar en las entidades bancarias que colaboran con el ICO.

Principales ayudas del Gobierno para empresas y autónomos frente al coronavirus

Aplazamiento de las cuotas a la Seguridad Social

A esta ayuda tienen derecho tanto los autónomos como las empresas que no hayan realizado un ERTE.

Estos negocios podrán disfrutar de una moratoria de las cotizaciones a la Seguridad Social de mayo, junio y julio, pudiendo abonarlas durante los seis meses siguientes.

Hay que solicitar el aplazamiento ante la Seguridad Social como mínimo diez días antes de la fecha de devengo.

Prestación por cese de actividad para autónomos

Esta subvención está disponible para autónomos que hayan reducido sus ingresos en más de un 75% o que presten algún servicio suspendido por el estado de alarma.

Incluye dos medidas:

  • Una prestación por desempleo equivalente al 70% de la base reguladora. Eso significa un dinero extra de 660 euros para la base mínima de cotización.
  • La exención del pago de la cuota de autónomos durante un mes, prorrogable hasta que finalice el confinamiento.

La solicitud se tramita a través de la mutua con la que el autónomo tenga cubierta la contingencia por cese de actividad.

Moratoria de alquileres e hipotecas

También existen facilidades si tienes problemas para pagar el local comercial en el que desarrollas tu actividad.

  • En el caso de las hipotecas, podrán aplazarse hasta tres meses sin intereses. Para ello, tienes que dirigirte al banco con el que tengas suscrita la hipoteca. Si la oficina está cerrada, puedes hacerlo de forma telemática.
  • Para los alquileres, la moratoria se extiende hasta cuatro meses después de que finalice el estado de alarma. El propietario del inmueble debe ser una empresa pública o un gran tenedor (empresa o particular con más de diez propiedades). En este caso, el aplazamiento se pide directamente al arrendador.
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